PRESUPUESTOS DE LA SUCESIÓN POR CAUSA DE MUERTE
IMPORTANTE: *Causante es el fallecido,
causahabiente el heredero*
1.
Que haya existido un causante, y además que éste
haya muerte. Hay que probar la existencia de la persona por medio de la
Certificación de la Partida de Nacimiento. Si el nacido no fue inscrito, para
efectos de sucesiones, no puede ser causante, porque no puedo probar que
existió. Si no se prueba el nacimiento no se puede probar la muerte. Sólo nos
van a otorgar la Partida de Defunción si existe Partida de Nacimiento. La
muerte se prueba con la certificación de defunción extendida por el RENAP, o
por medio de la Sentencia de Muerte Presunta.
2.
Que haya un causahabiente: en sentido moderno el
causahabiente no toma la personalidad del causante para poderlo suceder, sino
que ahora él es una personalidad independiente que recibe el patrimonio.
Siempre hay una persona que pueda suceder al causante: porque o son los
familiares en una sucesión intestada, o es la persona que el testador decida, o
si no le tocará al estado o a las Universidades por mitad.
3.
Que se haya configurado un patrimonio del causante.
4.
Que entre el causante y el heredero haya existido
una relación jurídica. Siempre entre el causante y el causahabiente debe haber
un nexo: el testamento, el parentesco, o la ley.
Existen dos formas de sucesión:
-La sucesión
intestada (cuando no hay testamento)
-La voluntad del
causante: sucesión testamentaria
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