domingo, 8 de septiembre de 2013

Preguntas Frecuentes, sucesiones en Guatemala.







¿Qué es una sucesión?
Sucesión en la acepción gramatical que nos interesa, hace referencia a la entrada como heredero 
o legatario en la posesión de los bienes del fallecido. La sucesión puede igualmente originarse 
inter vivos, como ocurre con frecuencia en materias puramente comercial, las cuales adquieren 
una empresa y continúan con el negocio de sus antecesores. 

La sucesión hereditaria es aquella sucesión por causa de muerte que se realiza por la voluntad 
de la persona, manifestada en testamento y a falta de éste por disposición de la ley. La primera 
se llama testamentaria y la segunda Intestada, comprendiendo en uno y otro caso, todos los 
bienes, derechos y obligaciones que no se extinguen por la muerte. 

i. Pasos para un proceso de sucesión voluntario:
Cuando se da un proceso sucesorio extrajudicial, es decir, cuando se hace el trámite ante un Notario, las diligencias de este proceso se harán constar en Acta Notarial, principiando por la que haga constar el requerimiento hecho por los interesados, quienes presentarán al mismo tiempo los documentos siguientes: 1) Certificado de defunción o la certificación de la declaratoria de muerte presunta; 2) Los documentos justificativos del parentesco y 3) el testamento se lo hubiere.

ii. Herencia:
Entiéndase como el conjunto de bienes, derechos y obligaciones que al morir deja el causante para su transmisión ala persona o personas que han de recibirlos, ya sea a título universal de herederos o a título singular de legatarios. 

iii. Diferencia entre proceso de sucesorio voluntario y judicial:
El trámite sucesorio judicial es aquel que presenta las diligencias, habiendo o no testamento del causante, ante un juez competente, tan pronto conozco la muerte del testador. Si se trataré de un testamento abierto y hubiere acuerdo de todos los herederos podrá entregarse al notario por ellos designado a efecto se dé la formación del proceso sucesorio extrajudicial.

iv. Orden de sucesión Intestada:
La ley llama a la sucesión intestada, en primer lugar, a los hijos, incluyendo a los adoptivos, y al cónyuge sobreviviente que no tenga derecho a gananciales quienes heredarán por partes iguales. A falta de hijos, heredan los ascendientes más próximos y el cónyuge por partes iguales; A falta de descendientes, ascendientes y cónyuge, sucederán los parientes colaterales hasta el 4°.

v. Legatario:
Persona a la que se deja un legado en el testamento. Técnicamente, sucesor a título singular. 
En este caso, el testador puede disponer de una cantidad, o del todo o de una parte de sus bienes a título delegado.

vi. Testamento:
Se le denomina así a aquel en que el testador manifiesta su última voluntad ante el Notario, dictándose por escrito o bien, especificando al Notario quien lo consigna en escritura pública las disposiciones que debe contener para que las redacte en la forma que le da el testador. 

vii. Compra de derechos herenciales:
Se puede vender un derecho hereditario, sin especificar los bienes de que se compone y en tal caso el vendedor solo responderá de su calidad de heredero. El vendedor deberá pagar al comprador las cosas de la herencia, de la que se hubiere aprovechado; y a su vez, el comprador satisfacer al vendedor las deudas y cargas que en razón de la herencia hubiere pagado.

viii. Partición de bienes hereditarios:
Aprobado el inventario y la cuenta de Administración, el albacea debe hacer inmediatamente la partición de la herencia. La partición legalmente hecha, confiere a los coherederos la propiedad exclusiva de los bienes que les hayan sido adjudicados.

miércoles, 17 de abril de 2013

Compra de derechos herenciales, Sucesión en guatemala


·       Compra de derechos herenciales.


Como un bien que se encuentra en el comercio, es posible vender un derecho hereditario, sin especificar los bienes de que se compone y en tal caso el vendedor solo responderá de su calidad de heredero. 

El vendedor deberá pagar al comprador las cosas de la herencia, de la que se hubiere aprovechado; y a su vez, el comprador satisfacer al vendedor las deudas y cargas que en razón de la herencia hubiere pagado

lunes, 15 de abril de 2013

Orden sucesoral. Sucesión intestada Guatemala





Sucesión intestada Guatemala / Orden de sucesión

Nuestro ordenamiento jurídico contempla el caso en que la sucesión intestada se haga presente. Para ello, específicamente nuestro código civil llama en el orden siguiente: 

Los hijos, incluyendo a los adoptivos, y al cónyuge sobreviviente que no tenga derecho a gananciales quienes heredarán por partes iguales. 
A falta de descendencia, sucederán los ascendientes más próximos y el cónyuge, por iguales porciones y cuando sólo hubiere una de esas partes, ésta llevará toda la herencia.
A falta de los anteriores  sucederán los parientes colaterales hasta el cuarto grado.

La legítima la doctrina la define como “porción de la herencia que le corresponde a determinados parientes, llamados herederos legitimarios, forzosos o necesarios y de la cual no puede disponer el testador. En consecuencia, la legítima supone una limitación a la facultad del testador para disponer libremente de sus bienes cuando existen parientes así protegidos en sus derechos hereditarios.

sábado, 13 de abril de 2013

Diferencia entre proceso de sucesorio voluntario y judicial.


·       Diferencia entre proceso de sucesorio voluntario y judicial.

    El trámite sucesorio judicial se surte a partir de quien tiene en su poder un testamento, quien debe de presentarlo al juez competente, tan pronto conozca la muerte del testador. Si se trataré de un testamento abierto y hubiere acuerdo de todos los herederos podrá entregarse al notario por ellos designado a efecto se dé la formación del proceso sucesorio extrajudicial.

Herencia en Guatemala, Sucesiones


·       Herencia.o   La asignación a título Universal se llama herencia. La asignación a título particular se llama legado. El título es universal cuando se sucede al causante en todos sus bienes y obligaciones transmisibles, a excepción de los legados.  Son herederos aquellos que la ley determina  a continuar la personería juridica del causante, tanto en sus derechos como obligaciones.

Pasos para una sucesión voluntaria en Guatemala


·       Pasos para un proceso de sucesión voluntaria.

    Cuando se da un proceso sucesorio extrajudicial, es decir, cuando se hace el trámite ante un Notario, las diligencias de este proceso se harán constar en Acta Notariales, principiando por la que haga constar el requerimiento hecho por los interesados, quienes presentaran al mismo tiempo los documentos siguientes: 

¿Qué es una sucesión? Sucesiones en Guatemala.


·       ¿Qué es una sucesión
         De la sucesión en general. La sucesión hereditaria es aquella sucesión por causa de muerte que se realiza por la voluntad de la persona, manifestada en testamento y a falta de éste por disposición de la ley. La primera se llama testamentaria y la segunda Intestada, comprendiendo en uno y otro caso, todos los bienes, derechos y obligaciones que no se extinguen por la muerte.