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Diferencia
entre proceso de sucesorio voluntario y judicial.
El trámite sucesorio judicial se surte a partir de quien tiene en su poder un testamento, quien debe de presentarlo al juez competente,
tan pronto conozca la muerte del testador. Si se trataré de un testamento
abierto y hubiere acuerdo de todos los herederos podrá entregarse al notario
por ellos designado a efecto se dé la formación del proceso sucesorio
extrajudicial.
De lo contrario y teniendo en cuenta la también posibilidad de objeciones tanto al testamento como acto juridico, como las disposiciones en el contenidas es necesario mediante apoderado iniciar trámites en via judicial
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