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Compra
de derechos herenciales.
Como un bien que se encuentra en el comercio, es posible vender un derecho hereditario, sin
especificar los bienes de que se compone y en tal caso el vendedor solo responderá
de su calidad de heredero.
El vendedor deberá pagar al comprador las cosas de
la herencia, de la que se hubiere aprovechado; y a su vez, el comprador
satisfacer al vendedor las deudas y cargas que en razón de la herencia hubiere
pagado
Suele ser una solución cuando se pretender adquirir un bien mueble o inmueble que por su importancia no puede esperar al tramite sucesoral. En estos casos son los adquirentes de los derechos herenciales quienes suelen acarrear con la totalidad de los gastos que requiera la sucesión
Y el fundamento legal, serviria bastante
ResponderEliminarY el fundamento legal, serviria bastante
ResponderEliminarArtículo 1806 Código Civil
EliminarUna pregunta. Cual es la sistemática jurica de la sucesión
ResponderEliminarUna pregunta. Cual es la sistemática jurica de la sucesión
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